Otarola & Prialé Abogados

Suspenden labores y plazos procesales del Poder Judicial en distritos judiciales afectados por la cuarentena

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa 000234-2020-CE-PJ suspendió las labores, así como los plazos procesales y administrativos, a partir del 20 de setiembre de 2020, en los órganos jurisdiccionales y administrativos de diversos distritos judiciales.

Sobre este particular, el Decreto Supremo 151- 2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de setiembre del año en curso, deteminó el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en diversas provincias y departamentos del país, en los cuales está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia del referido decreto supremo.

La suspensión de labores y plazos procesales alcanza a los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna; así como a las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba del departamento de Amazonas; las provincias de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey del departamento de Ancash; la provincia de Abancay del departamento de Apurímac; las provincias de Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho; la provincia de Cajamarca del departamento de Cajamarca; la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; las provincias de Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca del departamento de Huánuco; las provincias de Ica y Pisco del departamento de Ica; las provincias de Huancayo y Satipo del departamento de Junín; la provincia de Huaral del departamento de Lima; la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios; y las provincias de Pasco y Oxapampa del departamento de Pasco.