Otarola & Prialé Abogados

TC ratifica que registro de ingreso y salida de trabajadores de su centro de labores es información que no puede ser divulgada

tribunal constitucional

Mediante sentencia recaída en el Expediente 02481-2019-HD/TC, el Tribunal Constitucional resolvió un proceso de hábeas data en el que, entre otras solicitudes, el demandante exige a una entidad pública de salud la copia en formato de CD de la data del reloj biométrico de asistencia del personal directamente descargada del mismo reloj. En buena cuenta, el ciudadano quería saber el movimiento de ingreso y salida del personal.

Como se sabe, el derecho fundamental de acceso a la información pública se encuentra reconocido en el artículo 2, inciso 5, de la Constitución de 1993, y consiste en la facultad de solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley. Este derecho también está reconocido en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha sido desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Claude Reyes vs. Chile, mediante sentencia del 19 de setiembre de 2006, fundamento 77.

En ese sentido, el derecho de acceso a la información pública tiene un elemento positivo, según la cual este derecho impone a los órganos de la Administración Pública el deber de informar; y una faz negativa, que exige que la información que se proporcione no sea falsa, incompleta, fragmentaria, indiciaria o confusa

Bajo esta premisa, el TC determina excepciones razonables al ejercicio de este derecho, como son los reportes de ingresos y salida de los trabajadores de su centro de labores, determinando que esta información pertenece a la esfera privada del trabajador. Por lo tanto, a efectos de no afectar el derecho constitucional a la intimidad del personal que labora en el puesto de salud que administra la emplazada, la demanda de habeas data fue desestimada.