Otarola & Prialé Abogados

Implementan expediente judicial electrónico laboral en la Corte Superior de Lima Este

Mediante Resolución Administrativa 000326-2020-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 12 de noviembre de 2020, en la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para la atención de la especialidad laboral.

Como se recuerda, el Poder Judicial aprobó esta modalidad de trabajo inicialmente en las cortes superiores de La Libertad, Puno, Lambayeque, Piura, Santa e Ica, ante la emergencia nacional causada por la pandemia de la Covid-19 y la prórroga de la emergencia sanitaria.

A través de este sistema se instalarán las mesas de partes físicas para el procesamiento informático del expediente electrónico y se habilitará una línea de trabajo para la mesa de partes física para la recepción de documentos en cada una de las tres sedes de la Corte del Cono Este:  San Martín, Fortaleza y Colectora. Con ello, las diligencias laborales serán enteramente virtuales.

Corte Superior de Lima amplía competencia de juzgados penales para tramitar cesación de prisión preventiva y remisión de penas

En el diario oficial “El Peruano” se ha publicado la Resolución Administrativa 000200-2020-P-CSJLI-PJ por medio de la cual la Corte Superior de Justicia de Lima autoriza a los juzgados penales de procesos con reos en cárcel (el 3°,10°, 26°, 28°, 31°, 44° y 46°), para tramitar y resolver en adición a sus funciones, la cesación de prisión preventiva y remisión condicional de la pena por delitos de mínima lesividad derivadas del Decreto Legislativo 1513.

Como se sabe, a través de esta última norma el Poder Ejecutivo estableció disposiciones de carácter excepcional para lograr el deshacinamiento de la población penitenciaria y de los centros juveniles a nivel nacional por riesgo de contagio de virus Covid-19. Estas medidas, que dicho sea de paso aún no se implementan con la rapidez que la norma contempla, se tomaron con el objetivo de preservar la integridad, vida y salud de las personas internadas en establecimientos penitenciarios y centros juveniles, regulando los supuestos excepcionales de cesación de prisión preventiva, remisión condicional de la pena, beneficios penitenciarios, y de justicia penal juvenil; así como sus respectivos procedimientos especiales.

La Resolución de la Corte también contempla que el 4 Juzgado de Investigación Preparatoria de Lima, tramite y resuelva los casos de cesación de prisión preventiva, la remisión condicional de la pena por delitos de mínima lesividad derivadas del Decreto Legislativo 1513, así como las revocatorias que dieran lugar, respecto de todos aquellos procesos tramitados con el Código Procesal Penal.  Igualmente, el 3° y 5° Juzgado de Familia de Lima deben tramitar y resolver aquellos procesos de cesación de la medida de internación preventiva y variación de la medida socioeducativa de internación de los adolescentes en conflicto con la ley penal de mínima lesividad.