Otarola & Prialé Abogados

Aprueban procedimiento para retiro extraordinario de fondos de AFP.

prima afp

Luego que se publicara la Ley N°31068, que oficializa el retiro de hasta 4 UITs, a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) mediante  Resolución N° 2979-2020, que entrará en vigencia el próximo 9 de diciembre, estableció el marco normativo para el procedimiento operativo.

De este modo los afiliados que, al 31 de octubre de 2020, no cuenten con el registro de aportes obligatorios por al menos 12 meses consecutivos y que no accedan al REJA, podrán solicitar hasta el 9 de marzo de 2021, el retiro de hasta un monto total de S/. 17,200. Este beneficio se extiende de forma excepcional a los afiliados con enfermedades oncológicas y/o hematología clínica, para que puedan costear sus tratamientos. De igual modo, aquellos afiliados que no han aportado en el mes de setiembre de 2020, podrán acceder a 1 UIT de sus fondos.

Se ha previsto que el primer desembolso de hasta 1 UIT (S/4,300) se hará a los 30 días de presentada la solicitud en la AFP, esto es los primeros días de enero de 2021. El segundo desembolso, a los 30 posteriores al primer pago, es decir en febrero de 2021. Y finalmente, el tercer desembolso en marzo del mismo año, oportunidad en la que se retirará el saldo total de lo solicitado. Para el caso de los afiliados con enfermedad oncológica, el desembolso se realizará en un solo retiro.