Otarola & Prialé Abogados

Poco a poco se reanudan actividades jurisdiccionales: Corte Superior de Justicia de Lima implementa mesa de partes electrónica

Una noticia interesante proviene de la Corte Superior de Justicia de Lima, que ha dado conocer el próximo funcionamiento de la Mesa de Partes Electrónica. Esta funcionará para la presentación de escritos de procesos no penales (procesos civiles, laborales, de familia, constitucionales, contenciosos administrativos, entre otros), que se tramiten en este distrito judicial.

¿Cuál es el único requisito para los abogados? Que cuenten con la denominada Casilla Judicial Electrónica (SINOE), que es un mecanismo virtual para recibir notificaciones por vía electrónica. 

Lo interesante de este mecanismo digital es que se encontrará a disposición de los usuarios durante las 24 horas, de lunes a domingo e incluso feriados. Cabe resaltar, que el acceso sólo está previsto para especialidades que no estén tramitándose en el Expediente Judicial Electrónicos (EJE). Este último solo funciona con firmas digitales; empero el sistema anunciado por la Corte de Lima servirá para que se tramiten expedientes físicos con o sin firma digital.

Cabe señalar que esta medida no deja sin efecto la suspensión de plazos dispuesta por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a través de la Resolución Administrativa 000062-2020-P-CE-PJ. 

También se ha anunciado la próxima habilitación de esta Mesa de Partes Electrónica para la presentación de demandas, que será oportunamente comunicado por la Corte.

El procedimiento será el siguiente:

√ Podrán presentarse escritos las 24 horas del día, los 7 días de la semana, incluidos feriados.

Para poder enviar los escritos los abogados deberán contar con una Casilla Judicial Electrónica.

La presentación se hará con firma digital o sin ella. En este último caso se podrá enviar el escrito físicamente, escaneado con reconocimiento óptico de caracteres.

Se remite al juez para que actúe conforme a sus competencias. Este acto no afecta la suspensión de plazos establecida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

El juez oficia para que el escrito sea anexado al expediente y puede realizar una diligencia de verificación de identidad.

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/174a19804e54da849948bb3b4a2af7f0/F_Mes_Partes_02_180520.jpg?MOD=AJPERES&CACHEID=174a19804e54da849948bb3b4a2af7f0