Otarola & Prialé Abogados

Lima Metropolitana vuelve a riesgo extremo e inmovilización los domingos

El gobierno central mediante Decreto Supremo 076-2020 ha prorrogado el estado de emergencia por 31 días a partir del 1 de mayo, continuando restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

Asimismo, desde el 19 de abril hasta el 9 de mayo, 41 provincias del país, entre ellas Lima Metropolitana, Callao, Cusco, Huancavelica, Ica, Chiclayo, Trujillo, Piura, pasarán a la condición de riesgo extremo de contagios del Covid19 y volverán a tener las siguientes restricciones de inmovilización social, toque de queda y circulación de vehículos:

  • Toque de queda de lunes a viernes de 9:00 pm a 4:00 am de la mañana; y los domingos las 24 horas
  • Están prohibidas las reuniones en espacios abiertos y cerrados.
  • No está permitido el funcionamiento de casinos, tragamonedas, gimnasios, cines, Iglesias, templos y lugares de culto, clubes, asociaciones deportivas y el uso de las playas.
  • El aforo en las tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento será de 20%; en tanto que en los, supermercados, mercados, bodegas y farmacias el aforo pasará al 40%.
  • Los establecimientos comerciales deben cerrar 3 horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria.
  • Se permite el delivery de 4:00 a.m. a 11:00 p.m. de lunes a domingo y el de las farmacias será las 24 horas.
  • Los bancos y entidades financieras tendrán un aforo del 40%, al igual que las peluquerías, barberías y afines, previa cita.
  • Se permite el transporte interprovincial terrestre con un aforo del 50%.

Para el ingreso a centros comerciales, supermercados, mercados, tiendas por departamentos es en cualquiera de los niveles de contagio, es obligatorio no solo el uso de mascarilla sino además del protector facial.

Se suspende hasta el 9 de mayo de 2021, el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de Reino Unido, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos catorce (14) días calendario.