Otarola & Prialé Abogados

Estado de emergencia sanitaria: Estas son las restricciones a la libertad de tránsito

Como se recuerda, a través del Decreto Supremo 036-2021-PCM, el gobierno prorrogó el estado de emergencia nacional por el plazo de 31 días calendario, contados a partir del lunes 01 de marzo de 2021. La medida central de esta prórroga es la restricción del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

En buena cuenta, la libertad de tránsito de las personas queda supeditada a las reglas que determine el gobierno, el mismo que ha dispuesto la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta por provincia y departamento, conforme al siguiente detalle:

  • Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. No se prohíbe el uso de vehículos particulares el día domingo.
  • Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. Prohibido el uso de vehículos particulares el día domingo.
  • Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. Prohibido el uso de vehículos particulares el día domingo.
  • Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente; y, los domingos todo el día. Prohibido el uso de vehículos particulares el día domingo.

Lima se encuentra en el nivel de alerta muy alto, con excepción de las provincias en el nivel de alerta extremo, que son Barranca, Huaral, Huarochirí, Huaura y Lima.