Otarola & Prialé Abogados

Disponen suspensión de labores de diversos despachos fiscales: Conoce en qué zonas del país

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación 883-2020-MP-FB el Ministerio Público dispuso la suspensión de labores hasta el 31 de agosto del presente año, de los despachos fiscales cuya competencia territorial se encuentre dentro de los departamentos y provincias descritos en el Decreto Supremo 139-2020-PCM, que a su vez dispone la ampliación del aislamiento social obligatorio (cuarentena).

La medida exceptúa al personal fiscal, administrativo y forense que ejerce funciones en las fiscalías provinciales penales y fiscalías provinciales de familia turno y post turno fiscal, en las unidades médico legales, así como en las fiscalías especializadas que realicen turno permanente con excepción de las fiscalías de extinción de dominio. Igualmente se ha previsto que el personal fiscal cuya competencia territorial se encuentre dentro del departamento y provincias comprendidos en la medida, asista a las audiencias que excepcionalmente programe el Poder Judicial en los casos de requisitorias, plazos de prisión preventiva y actuaciones procesales de urgente e inaplazable atención.

Como se sabe, el 12 de agosto de 2020 fue publicado el Decreto Supremo 139-2020-PCM, el mismo que señala que, en el marco de la nueva convivencia social, es necesario adoptar acciones diferenciadas con la finalidad de garantizar la protección de la vida y salud de las personas. Es así que se ha adoptado las llamadas cuarentenas focalizadas en algunos departamentos y provincias del país, para frenar y combatir los actuales altos índices de contagio y propagación del Covid-19.