Otarola & Prialé Abogados

¿Cómo han quedado la convivencia social y el estado de emergencia?

A través del Decreto Supremo 170-2020-PCM, publicado el último 22 de octubre, el gobierno estableció las nuevas medidas que regirán como consecuencia de la emergencia derivada del Covid-19. Aquí presentamos un resumen:

  1. Se mantiene el toque de queda desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional.
  2. Los días domingos durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente, se encuentra prohibida la circulación de vehículos particulares.
  3. Los deportes al aire libre, de manera individual o en parejas, están permitidos en parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros autorizados.
  4. En estos últimos está prohibido el uso de las piscinas, salvo para la realización de actividades formativas o terapéuticas.
  5. Está autorizado el transporte internacional de pasajeros por medio terrestre de manera gradual y progresiva. El transporte internacional por medio aéreo, marítimo y fluvial se podrá realizar conforme a la normatividad correspondiente.
  6. Se autoriza que las entidades religiosas abran sus templos y lugares de culto para recibir a sus miembros, fieles y público en general, con un aforo no mayor a un tercio (1/3) de su capacidad total, solo para bautizos, matrimonios y servicios funerarios. Se excluye la celebración de misas, cultos y similares. 
  7. Reglas para el uso de las playas del litoral peruano:
  • Para el departamento de Lima y el Callao, los días viernes, sábados y domingos, no se hará uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, ni de la zona de mar.
  • De lunes a jueves, se podrá ingresar a las zonas colindantes con el mar y a la zona de mar.
  • Se permite el uso de los espacios públicos aledaños, tales como malecones, veredas, ciclovías, entre otros, para el desarrollo de deportes al aire libre.
  • Para el resto del litoral peruano, las municipalidades adoptarán las acciones correspondientes para el uso de las playas.