Otarola & Prialé Abogados

¿Requieres de servicios notariales? Reglas que deben seguir los notarios públicos para reanudar funciones

A través de la Resolución Ministerial 135-2020-JUS, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha aprobado el denominado “Protocolo Sanitario para la Operación ante el COVID-19 del Servicio Público Notarial”, y la determinación de los criterios de focalización territorial a ser aplicados.

El protocolo contempla medidas de cumplimiento obligatorio tanto para los usuarios como para los trabajadores de las notarías de todo el país, dentro de las cuales se encuentran:

  • El ingreso al local de las notarías se hará al menos con mascarilla, debiendo el usuario desinfectarse el calzado en el contenedor ubicado en la puerta. No es obligatorio el uso de guantes.
  • Habrá personal encargado del testeo de temperatura a los usuarios y público en general, conservando el distanciamiento mínimo de dos metros.
  • Solo se autorizará el ingreso de los usuarios que presenten una temperatura igual o menor a 37.5°, caso contrario deberá retirarse y dirigirse al centro de salud más cercano.
  • En caso el usuario se encuentre apto para su atención, se le aplicará alcohol en las manos y proporcionará un ticket de atención. Deberá portar el DNI o documento de identidad, a fin de evitar demoras y aglomeraciones de público.
  • Solo se permitirá el acceso de un usuario por trámite, salvo que este requiera de asistencia. En caso tenga que intervenir más de una persona, ingresará al salir la primera. Por motivos de seguridad, no se permitirá el ingreso de menores de edad.
  • Los usuarios deberán mantener una distancia mínima de dos (02) metros entre sí, y con los colaboradores de la notaría que los atienda. Los muebles habilitados para atención deberán ser previamente colocados a dicha distancia.
  • El saludo con el personal de la notarla deberá efectuarse sin mediar contacto físico.
  • Deberá realizarse la desinfección constante del área de atención al público y baños.
  • Se colocarán carteles en el ingreso de la notaría y en cada espacio en el que se atiendan a usuarios, que indiquen las medidas de cumplimiento obligatorio.
  • Las notarías citarán a los interesados en una fecha y hora determinada para las diligencias, a fin de evitar aglomeraciones que pongan en riesgo la seguridad sanitaria.
  • El horario de atención notarial podrá ser reducido a un mínimo de cinco horas diarias de lunes a viernes y a tres horas el día sábado, dentro del horario de inmovilización social obligatorio, en tanto se mantenga vigente.   
  • Se deberá reducir el aforo de cada área de atención a fin de garantizar el distanciamiento social mínimo, procurando reducirlo por debajo o igual al 50% de su capacidad.
  • Las notarías evaluarán la implementación del trabajo remoto, a fin de reducir en lo posible, el 50% del aforo de los trabajadores en cada oficina o área, priorizando los grupos de riesgo.
  • El personal de seguridad o encargado del control del ingreso, así como los colaboradores velarán por el cumplimiento de las medidas de seguridad y salubridad.

El reinicio de las actividades de este servicio, se llevará a cabo el día hábil siguiente a la fecha de registro del “Plan de Vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SISCOVID-19) del Ministerio de Salud, previa aprobación sectorial específica, salvo los distritos notariales de la Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura y Tumbes que por el alto índice de contagio registrado se tiene programado su reinicio en el mes de junio de 2020.