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¿Estás obligado a votar en elecciones internas de partidos políticos este 29 de noviembre? La ONPE lo aclara

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) viene preparando su infraestructura para las próximas elecciones. En ese sentido, a través de la Resolución Jefatural 310-2020 ha previsto organizar, de manera simultánea, las elecciones internas de candidatos en las organizaciones políticas con miras a las elecciones generales del 11 de abril de 2021.

En la referida norma se detalla el reglamento de las elecciones internas, conocidas como “primarias”, que se efectuarán el 29 de noviembre próximo. En primer lugar, para las primarias la asistencia a votar no es obligatoria; la obligatoriedad alcanza únicamente al proceso electoral convocado para el 11 de abril de 2020. Sin embargo, se han dispuesto varias condiciones que los partidos políticos, sus militantes y simpatizantes deberán cumplir. En primer lugar, se establece que las mesas de sufragio comenzarán a funcionar a partir de las 7:00 de la mañana y las votaciones finalizan a las 7:00 de la noche.

Asimismo, los locales de votación serán definidos por la ONPE y se tendrá en cuenta los protocolos de seguridad sanitaria, y serán publicados en los locales partidarios y los portales electrónicos del organismo electoral y de las respectivas organizaciones políticas. Igualmente, el reglamento puntualiza que las mesas de sufragio no podrán superar los 800 electores y electoras, y deberán garantizar todas las medidas de control establecidas en los protocolos sanitarios.

La norma recuerda que hay dos modalidades de elecciones internas, i) elecciones con voto universal, libre, voluntario, igual, directas y secretas de las afiliadas y los afiliados y ii) elecciones a través de delegados, conforme lo disponga el estatuto. Los delegados previamente deben haber sido elegidos mediante voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de las afiliadas y los afiliados.

De acuerdo con el reglamento de la ONPE, están sujetas a elecciones internas las candidaturas a los siguientes cargos: a) fórmula presidencial: presidente y dos vicepresidentes, b) representantes ante el Congreso de la República y c) representantes ante el Parlamento Andino.