Otarola & Prialé Abogados

Leyes de reforma electoral: Paridad y alternancia y congresistas elegidos por peruanos en el extranjero son ahora una realidad

A través de las leyes 31030 y 31032, publicadas en el diario oficial “El Peruano”, se oficializó la paridad y alternancia de género en las listas de candidatos y asimismo la creación de la circunscripción de electores peruanos residentes en el extranjero.

La primera de ellas modifica la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, estableciendo la obligación de que los candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República, sean de un partido, agrupación independiente o alianza, soliciten su inscripción en una sola y misma fórmula, la cual debe incluir, por lo menos, a una mujer o a un hombre en su conformación, ubicados intercaladamente. Igualmente, en las listas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino, tanto en elecciones primarias como en las generales, el conjunto de candidatos deberá estar integrado por el cincuenta por ciento (50%) de mujeres o de hombres, ubicados intercaladamente.

En lo que respecta a la Ley 31032, se modifica el artículo 21 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en los siguientes términos: “Los congresistas de la República son elegidos mediante sufragio directo, secreto y obligatorio. La elección de congresistas se realiza mediante el sistema del distrito electoral múltiple aplicando el sistema de representación proporcional”.

Debe tenerse en cuenta que, según la reforma que comentamos, ahora para la elección de los congresistas, el territorio de la República se dividirá en 27 circunscripciones electorales: una por cada departamento, una por la Provincia Constitucional del Callao, una por Lima provincias y una por los peruanos residentes en el extranjero. El Jurado Nacional de Elecciones, en consecuencia, asigna a cada circunscripción electoral un escaño y distribuye los restantes escaños en forma proporcional al número de electores, con excepción de la circunscripción de los peruanos residentes en el extranjero, a la cual se le asignan dos escaños.

Se trata de dos importantes reformas de la legislación electoral, que tendrán vigencia a partir de las elecciones generales de 2021.