Recientemente fue publicada en el diario oficial “El Peruano” la Ley 31190, la misma que pretende ordenar el proceso de ordenamiento y consolidación del espectro normativo peruano. ¿Qué significa ello? Que se excluyen del ordenamiento jurídico interno diversas leyes y normas por haber cumplido su finalidad específica; es decir, normas innecesarias para la regulación de situaciones jurídicas actuales.
Existen tres supuestos en los que ha operado la exclusión:
- Normas con rango de ley excluidas del ordenamiento jurídico al haber cumplido su finalidad específica.
- Normas con rango de ley excluidas del ordenamiento jurídico por haber sido derogadas tácitamente.
- Normas explícitamente excluidas del derecho vigente.
- Normas que han perdido eficacia o su cumplimiento es inexigible o cuyo contenido no se encuentra en el archivo de la legislación nacional.
En el contexto de esta “limpieza” legislativa y en virtud a la aplicación de los supuestos consignados, se han eliminado 270 leyes, 361 decretos leyes, 358 resoluciones legislativas, 16 decretos legislativos y 366 decretos de urgencia.
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