Otarola & Prialé Abogados

JNE proclama oficialmente a presidente y primera vicepresidenta de la república

A través de la Resolución 0750-2021-JNE publicada en el diario oficial “El Peruano” el 20 de julio de 2021, el Jurado Nacional de Elecciones oficializó como ganadora de la elección de presidente y vicepresidentes de la república de las elecciones generales 2021 a la fórmula de candidatos presentada por la organización política Partido Político Nacional Perú Libre; proclamando a Pedro Castillo Terrones y a Dina Boluarte Zegarra para ambos cargos.

La Resolución citada recuerda que, llevada a cabo la segunda elección el 6 de junio de 2021, fueron resueltas en su totalidad las observaciones a las actas electorales, las impugnaciones de voto y las solicitudes de nulidad. Hecho esto, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales culminaron el cómputo de votos y emitieron sus reportes, sobre los cuales los sesenta Jurados Electorales Especiales proclamaron los resultados descentralizados correspondientes a sus respectivos ámbitos de competencia territorial, emitiendo las sesenta actas de proclamación descentralizada, de las cuales, fueron impugnadas las de los Jurados Electorales Especiales de Huancavelica, Cajamarca, Chota, Huamanga y San Román, las que fueron resueltas en segunda y definitiva instancia por el Jurado Nacional de Elecciones.

Igualmente, la ONPE remitió el reporte del resultado del cómputo general de las actas contabilizadas al 100 %, información que fue enviada en base de datos, de manera consolidada, la misma que integra el contenido numérico de las actas de proclamación descentralizada emitidas por los sesenta Jurados Electorales Especiales

Desde el punto de vista del derecho, el verbo “proclamar” implica la decisión de publicar una decisión con relevancia jurídica para que se haga notoria y obligatoria a todos. En el caso de un nuevo presidente de la república, a la proclamación referida se le agrega la solemnidad electoral para dar paso a la inauguración de un nuevo gobierno. Este acto jurídico está a cargo de la autoridad constitucionalmente encargada de fiscalizar la legalidad de las elecciones: el Jurado Nacional de Elecciones.

¿Cuáles son las implicancias de la convocatoria a elecciones generales para el próximo año? Conócelas aquí

Mediante Decreto Supremo 122-2020-PCM el gobierno central acaba de convocar a elecciones generales el día domingo 11 de abril del año 2021, para la elección del presidente de la República, vicepresidentes, así como de los congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

Igualmente, la norma prevé la fecha de la realización de la segunda vuelta, en caso de que ninguno de los candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos. En ese supuesto, se procederá a una segunda elección entre los dos candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, para el día domingo 6 de junio de 2021.

Debe tenerse presente que artículo 118, inciso 5 de la Constitución, en concordancia con el artículo 80 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que corresponde al presidente de la República esta convocatoria, la que –de acuerdo a lo estipulado por el artículo 82 de la ley citada-  debe hacerse con una anticipación no menor a 270 días de la fecha del acto electoral.

¿Por qué las elecciones siempre se realizan en el mes de abril? No es un capricho de quien las convoca: así está regulado por el artículo 16 de la Ley Orgánica de Elecciones, que dispone que las elecciones generales se realizan cada cinco años, el segundo domingo del mes de abril.

Desde 1821, en que el General José de San Martín se declaró Protector del Perú, hasta el gobierno del actual presidente de la República Martín Vizcarra, el Perú ha tenido 62 mandatos presidenciales. El 2021 celebraremos el Bicentenario de nuestra Independencia con la elección del presidente de la República número 63 de nuestra historia. 

¿Quieres saber si estás habilitado para votar en las próximas elecciones generales de 2021?

Con miras a las elecciones presidenciales y congresales del 2021, El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) acaba de publicar la Lista del Padrón Electoral Inicial, que contiene los datos de los ciudadanos hábiles para votar en dichos comicios. En estos datos figuran el nombre, la dirección, fotografía y grupo de votación.

Como se sabe, según lo regula la Ley 30673, el Padrón Electoral comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización de la jornada electoral. Es por ello que del 8 al 12 de junio los ciudadanos en general podrán acceder a dicho Padrón, para la verificación de datos y corroboración de la información personal.

Verifica tus datos en el siguiente enlace:

https://apps.reniec.gob.pe/PLPI/login