Otarola & Prialé Abogados

Atención trabajadores CAS: Servir dispone que concursos públicos para postular al Estado sean virtuales

Resolución de Presidencia Ejecutiva 000065-2020-SERVIR-PE883-2020-MP-FB, la Autoridad Nacional de Servicio Civil publicó la Guía para la virtualización de concursos públicos del Decreto Legislativo 1057. El documento contiene una serie de recomendaciones a las oficinas de recursos humanos de los tres niveles de gobierno respecto a los pasos a seguir para la implementación de procesos virtuales de concursos públicos para la selección de personal correspondientes al Decreto Legislativo 1057. El objetivo es resguardar la seguridad y salud de los servidores encargados de dichos procesos y de los postulantes.

Un dato salta a la vista: Hasta antes de la declaración de la emergencia sanitaria, el promedio de convocatorias para cubrir puestos del Estado que se tenían a nivel nacional era de 10,000 al mes; ello implicaba el desplazamiento de un promedio de 30,000 postulantes para cumplir con las distintas etapas del concurso público, tales como el dejar el CV o la ficha de postulación en la mesa de partes de la entidad y/o asistir a las distintas evaluaciones.

En la Guía se deja en claro que, en el futuro, las bases de los concursos deben contener etapas y reglas claras, precisando los criterios definidos para la calificación de los postulantes, así como las evaluaciones a ser consideradas, cronograma y etapas del concurso público, condiciones del trabajo (horario, remuneración, lugar de prestación del servicio, plazo de duración del contrato, entre otros), modalidad de trabajo: Trabajo remoto, presencial o modalidad mixta y toda la información necesaria.

Se debe recordar que el régimen especial de contratación administrativa de servicios regulado por el Decreto Legislativo 1057 constituye una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativa del Estado. No se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. Tampoco se aplica a los contratos de prestación de servicios de consultoría o de asesoría, siempre que se desarrollen de forma autónoma, fuera de los locales o centros de trabajo de la entidad.