Otarola & Prialé Abogados

¿Sabes cómo retirar la CTS en tiempos de coronavirus? Aquí el análisis de la norma

En edición extraordinaria del 27 marzo de 2020 se ha publicado en el diario oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia N° 033-2020, norma que de manera excepcional permite a los trabajadores que cuentan con depósitos CTS en entidades bancarias o financieras, retirar un monto máximo de S/.2,400.00 durante la vigencia del estado de emergencia.

Para tal efecto, las entidades financieras deberán desembolsar el monto correspondiente de la cuenta CTS del trabajador a la sola solicitud de este. Dicha solicitud podrá ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas o pasivas del trabajador que este indique. Sin embargo, autoriza al MTPE para que mediante decreto supremo, apruebe, de considerarlo necesario, una segunda liberación de estos fondos intangibles.
El Decreto de Urgencia también suspende de manera temporal la obligación de retención y pago de los aportes a las AFPs, correspondiente a la remuneración del mes de abril del año en curso.