Otarola & Prialé Abogados

Fase 2 de la reactivación económica: ¿Ya pueden reiniciar sus actividades los abogados?

El 4 de junio último el Poder Ejecutivo acaba de publicar el Decreto Supremo 101-2020-PCM, a través del cual se aprueba la Fase 2 de la reanudación de actividades económicas, conforme a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial conformado mediante Resolución Ministerial 144-2020-EF/15 y su modificatoria.

En concreto, se autoriza la reanudación de seis actividades económicas, que son las siguientes: agricultura, minería, manufactura, construcción, comercio y servicios. En este último rubro, merece resaltar aquellos de carácter profesional, científico y técnico y son los siguientes:

  • Actividades jurídicas
  • Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría
  • Asesoramiento en materia de impuestos
  • Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico
  • Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades
  • Actividades veterinarias

Las actividades jurídicas están referidas al ejercicio profesional de los abogados, de manera individual o asociada y al trabajo de asesoría jurídica en general; no existen limitaciones en cuanto al alcance del rubro. Ello quiere decir que estos profesionales y los estudios jurídicos pueden reanudar sus labores y desplazarse para ese efecto sin restricciones adicionales, dado que el artículo 1.3. de la norma publicada establece que la implementación de la Fase 2 de la reanudación de actividades se inicia a partir de la vigencia del Decreto Supremo, es decir de manera inmediata.

La norma encarga al Ministerio de Salud la implementación del correspondiente protocolo de salud, el que deberá implementarse en estas actividades.