Otarola & Prialé Abogados

¿Tienes procesos en trámite? Aquí te explicamos cómo se reactivará el Poder Judicial

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa No. 000129-2020-CE-PJ, aprobó el protocolo para el reinicio de labores de los órganos jurisdiccionales y administrativos, que se aplicará durante el período de reactivación de 30 días, posteriores al levantamiento del aislamiento social obligatorio, decretado por el gobierno central.

La norma administrativa señala que la reanudación de las actividades del Poder Judicial será de forma gradual y progresiva, por ello una vez levantado dicho aislamiento, durante los primeros 7 días posteriores a ello, el PJ no atenderá al público y se mantendrá la suspensión de los plazos procesales y administrativos. Vencido ese plazo inicial podrá ingresar únicamente:

  • el personal jurisdiccional y administrativo autorizado, de acuerdo a los turnos establecidos.
  • las partes del proceso, apoderados y abogados citados a audiencia o
    con mandato judicial.
  • Terceros citados con resolución judicial.

El ingreso y salida a los edificios u oficinas del Poder Judicial será por una sola puerta, y se deberá portar mascarilla quirúrgica o similar. El personal de seguridad proporcionará a cada litigante gel anti bacterial y realizará el control de temperatura corporal al ingreso. El aforo será del 50% y respetando la distancia social establecida.

Vencidos los primeros 7 días sólo se podrán presentar escritos con vencimiento de plazo, demandas con plazo de prescripción o caducidad, recursos, excepciones, medidas cautelares y otros urgentes. En las instancias que utilicen el Expediente Judicial Electrónico (EJE) la presentación de escritos será estrictamente a través de la Mesa de Partes Electrónica. Excepcionalmente se atenderán la entrega de certificados de depósito en procesos de alimentos y laborales, o certificación de firmas en medidas cautelares previa programación a través de medios electrónicos. Sólo habrá entrevistas virtuales con los jueces previa coordinación.

Durante el período de reactivación se reprogramarán únicamente las audiencias de los procesos de garantía de la libertad, y otras urgentes, pudiéndose habilitar los días sábados para su realización. Las audiencias de los demás procesos se deberán programar luego de finalizados los 30 días de la reactivación, y se llevarán a cabo de forma virtual, haciendo uso de la tecnología habilitada y siguiendo el protocolo para audiencias “online” que el PJ establecerá. Por excepción, se podrán realizar audiencias en forma presencial, en las que solo ingresará el personal autorizado, las partes o apoderados acreditados y sus abogados. Los terceros citados deberán esperar fuera del despacho hasta que corresponda su participación.

En los procesos que se utilice la lectura de autos y sentencias se hará un breve resumen de los considerandos y leerá la parte decisoria; su notificación será por cédula y en la casilla electrónica de las partes. Todas las resoluciones judiciales sin excepción, serán notificadas en las respectivas casillas electrónicas, sin perjuicio de otras formas que señale la ley.